El 30 de marzo de 2026, la Confederación General de Trabajadores interpuso una medida cautelar solicitando la suspensión de más de 80 artículos de la reciente reforma laboral Ley 27802. El Juzgado Nacional del Trabajo Nro. 63 hizo lugar al pedido en el expediente “Confederación General del Trabajo de la República Argentina c/ Estado Nacional”.
Sobre la suspensión a ciertos artículos de la Ley de Modernización Laboral, a continuación se mencionan algunos de los artículos que quedaron suspendidos por la medida cautelar, Es necesario consultar cada particularidad dado que la medida cautelar es muy amplia.
1.Prestadores de plataformas tecnológicas
El juez consideró inconstitucional que la ley no se aplique a “prestadores independientes” de plataformas tecnológicas.
2. Principio de in dubio pro operario
El Juez señaló que si se quita el in dubio pro obrero en la interpretación de la norma, se va en contra de los sujetos de preferente tutela constitucional (CSJN, “Vizzoti” y otros ya citados).
3. Principio de irrenunciabilidad
En este punto se objetó que se quite el principio de irrenunciabilidad sobre cláusulas contractuales superadoras de la ley o el Convenio Colectivo de Trabajo.
4. Reingreso. antigüedad
El juez consideró contrario a derecho limitar la antigüedad computable en el empleo a períodos con pausas no mayores a dos años.
5. Eliminación de la presunción de fraude
El Juez estimó inconstitucional limitar la responsabilidad de empresas que utilicen mano de obra provista por terceros.
6. Cargos gremiales. Empresas usuarias
El Juez señaló que quitó la representación sindical de la empresa usuaria y la posibilidad de ser candidato a cargos gremiales de esos trabajadores.
7. Contratantes y subcontratistas. Límite en la responsabilidad solidaria
El juez rechazó que se incorporen categorías excluidas de los trabajos o servicios que generan responsabilidad solidaria en la tercerización por empresas usuarias. También limita su responsabilidad.
8. Grupos económicos. Límite a la solidaridad
Se rechazó la limitación a la responsabilidad solidaria de grupos económicos.
9. Ius variandi
El Juez rechazó la ampliación de la facultad de ius variandi, es decir la facultad de modificar las condiciones de trabajo esenciales del empleado.
10. Dignidad del empleado
El Juez actuante consideró que no se condice con la Constitución Nacional que la norma reformada quite la palabra “dignidad” de la persona que trabaja como valor a respetar por los empleadores. Sin embargo, consideramos que las normas constitucionales ofrecen debida protección a la dignidad del trabajador.
11. Certificado de trabajo. Facilidades para su confección y entrega
El Juez rechaza la ampliación de las formas de cumplir con la entrega de certificados y establece una forma de autocertificación por vías informáticas.
12. Trabajo a tiempo parcial
El Juez consideró contrario a las normas constitucionales la negociación el tiempo de servicio que será considerado tiempo parcial y que permite la realización de horas extras.
13. Contrato a plazo fijo. Despido antes del vencimiento del plazo pactado.
Se quitó la posibilidad de reclamar daños y perjuicios provenientes del derecho común.
14. Trabajo por equipos
El Juez rechaza ampliar las características y requisitos del equipo de trabajo.
15. Beneficios sociales. Vales alimentarios
Artículo 31( sustituye el artículo 103 bis de la Ley de Contrato) por incluir como beneficio social a los tickets para almuerzo y la inclusión como beneficio social los planes médicos integrales otorgados en especie o las diferencias de pago de las cuotas de dichos planes; el Juez considera que podría redundar en desfinanciamiento al sistema solidario de Obras Sociales.
16. Remuneración
El Juez sostiene que es contrario a derecho quitar la posibilidad de remunerar mediante la oportunidad de obtener beneficios o ganancias, al igual que pagar el salario en moneda extranjera.
17. Vacaciones. Fraccionamiento
El Juez señala que no corresponde quitar el período obligatorio de goce de vacaciones ni permitir su fraccionamiento.
18. Distribución del tiempo de trabajo. Banco de horas
El Juez considera inconstitucional establecer el banco de horas por acuerdo individual.
19. Jornada máxima
El Juez señaló que es contrario a derecho complementar el banco de horas con jornada reducida en días, pero no en horas.
20. Aviso en caso de enfermedad o accidente
El Juez consideró que no se debe incrementar los requisitos en la exigencia del aviso por enfermedad o accidente
21. Limitación de responsabilidad solidaria por información oculta en la transferencia
El Juez tachó de contrario a derecho eximir de responsabilidad solidaria por información oculta en la transferencia.
22. Preaviso durante el período de prueba
El juez rechazó la quita del preaviso en período de prueba.
23. Indemnización. Cálculo y Fondo de Cese Laboral
Artículo 51.- Sustituye el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, excluye pagos no mensuales como el SAC y premios no mensuales, que en algunas jurisdicciones argentinas son admitidos. Rechaza los Fondos de asistencia laboral.
24. Fondos de Asistencia Laboral
Artículos 58 a 77.- Creación de los Fondos de Asistencia Laboral. Regulación, financiación, El tribunal considera que su sistema financiero quita fondos de la Seguridad Social y no se blinda de malas inversiones.
25. Teletrabajo
Artículo 199.- Deroga la ley 27.555 regulatoria del Teletrabajo, y el juez consideró que esta disposición es inconstitucional porque contiene numerosas normas tuitivas en favor de las personas que trabajan con esa modalidad.
Conclusión: Implicancias de la Medida Cautelar en la Reforma Laboral
La suspensión de la Reforma Laboral Ley 27802 dictada por el Juzgado Nacional del Trabajo Nro. 63 representa un cambio significativo en la aplicación de la normativa vigente. Al hacer lugar al pedido de la Confederación General de Trabajadores en el expediente contra el Estado Nacional, la justicia ha puesto un freno temporal a modificaciones estructurales que afectaban desde los prestadores de plataformas tecnológicas hasta el cálculo de indemnizaciones y el fondo de cese laboral.
Este fallo preserva principios fundamentales como el de irrenunciabilidad y el in dubio pro operario, además de mantener la vigencia de la protección a la dignidad del empleado y la regulación específica del teletrabajo. Asimismo, quedan suspendidas las limitaciones a la responsabilidad solidaria en casos de tercerización y grupos económicos, junto con la ampliación del ius variandi y las modificaciones en la jornada máxima y el banco de horas.
Dada la amplitud de esta medida cautelar y la cantidad de artículos afectados, resulta indispensable el análisis de cada caso particular para comprender el alcance real sobre las relaciones laborales activas. En Analía Durán Abogados, monitoreamos cada actualización judicial sobre la Ley 27802 para brindar seguridad jurídica ante este escenario de revisión normativa.
¿Cómo afecta esta cautelar a su estructura laboral?
La suspensión de más de 80 artículos de la reforma exige una revisión inmediata de los criterios de contratación y gestión. Contáctenos para recibir asesoramiento especializado.
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