Violencia y Acoso Laboral en Empresas de Argentina
Dentro del compliance laboral garantizar un espacio de trabajo seguro y respetuoso no es solo una cuestión ética o de “buen clima”; sino que deriva en una obligación legal para las empresas en Argentina. El acoso, ya sea moral (mobbing) o sexual, no distingue género, aunque existan protecciones específicas para grupos vulnerables.
Aquí detallo brevemente el marco normativo a considerar y las acciones preventivas que toda organización debe liderar.
El Marco Normativo: ¿Qué dice la ley?
Argentina ha dado pasos fundamentales para erradicar la violencia laboral mediante la ratificación de instrumentos internacionales:
- Convenio 190 de la OIT (ratificado por Argentina mediante ley 27.580: Es el primer tratado internacional que reconoce el derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso. Su alcance es amplio: protege a trabajadores independientemente de su situación contractual.
- Convención de Belém do Pará (ratificada por Argentina mediante ley 24.632): Crucial para la eliminación de la violencia contra la mujer, estableciendo que el Estado (y por extensión, las empresas a través de la normativa local) debe prevenir y sancionar estas conductas.
- Ley 26.485: Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
Medidas de Compliance: De la teoría a la acción
Para mitigar riesgos legales y reputacionales, las empresas deben implementar un Programa de Compliance de Integridad Laboral:
- Protocolo de Actuación: Un documento claro que defina qué es acoso y cuáles son los pasos para denunciar.
- Canal de Denuncias Ético: Debe ser anónimo (opcional), confidencial y gestionado de manera que se eviten las represalias.
- Capacitación Continua: No basta con una charla anual. Se requiere sensibilizar sobre sesgos inconscientes y comunicación asertiva. Se debe intensificar la capacitación y dejar claro los canales de información para que los empleados no informen al canal incorrecto en caso de existencia de maltrato o acoso.
- Investigaciones Internas Imparciales: Procedimientos rápidos con perspectiva de género y respeto al debido proceso para ambas partes.
- Régimen Sancionatorio: Se debe iniciar una investigación interna escrita, controlada y confidencial. La tolerancia cero debe traducirse en sanciones efectivas y proporcionales a la falta.
- Falta de Sanción: La inacción empresarial llevará a un litigio en el cual la empresa no podrá probar que tomó las medidas necesarias para proteger al empleado/a que denuncia, y por lo tanto podría ser responsable por no cumplir con las obligaciones de seguridad a su cargo.
Conclusión
La prevención es un tema importante, especialmente en tiempos de crisis en los cuales los entornos laborales pueden presentar conflictividad. Un ambiente laboral libre de violencia no solo previene litigios costosos; atrae talento, mejora la productividad y construye una marca empleadora con una reputación sólida.
